La disposición adicional segunda de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, y la disposición adicional primera del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, que desarrolla dicha ley, constituyen el marco normativo mediante el cual se ha creado un Registro de los seguros obligatorios existentes en España. A su vez, el contenido del Registro y el procedimiento de remisión de la información se han regulado por Resolución de 18 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
A través de este nuevo Registro se pretende facilitar al público en general información actualizada y sistematizada sobre aquellos seguros que se exigen para la realización de determinadas actividades. Por otra parte, el Registro permitirá a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones comunicar a la Comisión Europea los riesgos para los cuales la legislación española impone la obligatoriedad de un seguro, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 2009/38/CE, conocida como Directiva Solvencia II.
La gestión de este Registro se ha encomendado al Consorcio de Compensación de Seguros sobre la base de su condición de entidad pública que cuenta ya con una dilatada experiencia como gestor del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y como Organismo de Información previsto en las directivas del seguro de responsabilidad civil de automóviles.
El Registro tiene una finalidad exclusivamente informativa, y en esa condición recoge aquella información que hubiesen suministrado la Administración del Estado o las Comunidades Autónomas a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para, previa validación por el Consorcio de Compensación de Seguros, ser incluida en el mismo.
La información que contiene el Registro es pública y a la misma se accede directamente por cualquier usuario interesado a través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros.
Por cada uno de los seguros obligatorios existentes, el Registro ofrece la información básica, consistente en la denominación del seguro obligatorio; el ámbito territorial, ya sea estatal o el de la Comunidad Autónoma de que se trate; la norma que lo crea, los artículos de la misma que lo regulan y la fecha de entrada en vigor de la norma; la actividad para la que, en su caso, se exige el aseguramiento, y el objeto del seguro. Además, el Registro contiene el vínculo electrónico al texto consolidado del Boletín Oficial del Estado o del Diario Oficial de la Comunidad Autónoma, o el pdf de la norma si no existiera vínculo electrónico, por lo que, además de los datos más relevantes de cada seguro obligatorio, el usuario puede fácilmente acceder a la lectura del texto legal que lo regula.
Finalmente, y de forma opcional, el Registro puede ofrecer información adicional acerca de los límites cuantitativos, quiénes tienen la condición de tomador y asegurado y si la noma prevé una garantía alternativa al seguro.
Para facilitar al público la consulta al Registro, el Consorcio de Compensación de Seguros ha dispuesto diversos criterios de acceso a la información contenida en el mismo, como son la denominación del seguro, el ámbito territorial del mismo, la fecha de entrada en vigor, la actividad que regula o el rango normativo de la disposición que lo establece.
El proceso de remisión de la información sobre los seguros obligatorios existentes ya se ha iniciado durante el final del primer trimestre de 2016 y, por tanto, ya se han practicado por el Consorcio de Compensación de Seguros las primeras anotaciones en el Registro. Estas anotaciones, en consecuencia, están accesibles al público en la web de la entidad. En el transcurso de las próximas semanas el Registro se irá completando con la nueva información que se reciba por el Consorcio de Compensación de Seguros a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Con la información existente en el Registro a 31 de diciembre de cada año, el Consorcio de Compensación de Seguros elaborará un informe para la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en el que, además de relacionar los seguros de suscripción obligatoria vigentes ordenados por fechas, actividades, ámbito territorial y rango normativo, se incluirá un apartado para reflejar los cambios producidos en el último año (nuevos seguros, modificaciones de los existentes y supresiones).